
El jueves 31 de julio, es la fecha límite del gobierno dejar su posición si quieren apuntar a suplentes en las elecciones de 2026.
El edificio presidencial anunciará la partida del Ministro y el Presidente del Presidente el miércoles, en la conferencia de prensa semanal, ¿renunciará al presidente Rodrigo Chaves?
Durante meses, el presidente ha hablado sobre la posibilidad y las hojas en el aire se dudarán o no. El miércoles también se definirá.
La cuestión de la posible renuncia del presidente tiene intervención directa en la sesión legislativa, donde los criterios se comparten con respecto a si la renuncia debe ser conocida o si debe votar si se aprueba o rechazan.
«Hasta dónde sé y he escuchado a muchos analistas y expertos solo conociendo la renuncia. Nadie está obligado a trabajar en algo que no quiere», dijo el público Pilar Cisneros.
«Desde allí hay uno o dos oponentes, pero otros exigen que solo sepa y no acepten», agregó.
Por su parte, Eli Feinzaig dijo que el partido progresivo (PLP) Observador que «todavía no hay criterio definido o final a este respecto».
Otros alternativos pensaron que si tuviera que votar, tendrían que aceptar la renuncia.
Observador Trató de conocer los criterios del presidente legislativo, Rodrigo Arias, quien en su posición como líder de la junta tendría la resolución de lo que el parlamento debería hacer. Sin embargo, no hubo reacciones de su parte.
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Legal
Rubén Hernández, un abogado constitucional, señaló dos episodios para la posibilidad de la renuncia del presidente Chaves; El primero es que el presidente no puede renunciar.
Según sus criterios, se basa en el artículo 136. La constitución política, que establece que el presidente y los vicepresidentes de la República tomarán su posición el 8 de mayo y dejarán automáticamente su utilización al final del período constitucional, es decir, cuatro años después.
«En mis criterios, el presidente no puede renunciar. Debemos interpretar la coordinación de la Constitución. En 1871, se permitió la renuncia del presidente, pero en 1949 esa posibilidad fue erradicada», dijo Hernández a este medio.
«Si las personas eligen para cierta persona, es aprovechar la situación durante todo el período, a menos que haya un problema físico o mental que lo evite», agregó.
El otro factor que menciona es que si el presidente finalmente se renuncia a sí mismo, el parlamento debe saber y votar si aprueba o no.
«Es una ley de 1992, donde el salón (constitucional) dijo que no era suficiente notarlo, pero que el parlamento tuvo que ser atendido. Si lo presenta, el parlamento tendría que votar si lo aprueba o no», dijo.
Asume que si el Parlamento rechaza la renuncia, puede apelar a la agencia constitucional.
Este criterio de Hernández se opone al abogado del presidente, José Miguel Villabos.
La sesión legislativa no se define a este respecto. (Archivo/la foto del observador)
«No debes votar»
Según Villabos, la estructura de lectura de la Constitución es incorrecta, primero que no puede renunciar y discutir en el Artículo 121. La misma constitución política.
«Leer a Don Rubén Hernández está totalmente equivocado, prestando atención a la carta en el Artículo 121, 8. La subsección de la Constitución y contra el espíritu de la norma», dijo.
Ese artículo habla sobre la responsabilidad que tiene la Asamblea:
«Obtenga el Eid de la Ley y presente la renuncia de miembros del poder supremo, con la excepción del ministro del gobierno; resolviendo dudas que ocurren en el caso de la discapacidad física o mental de la oficina presidencial y declaran si debe llamarse al poder que debe reemplazar»
¿La frase «conocer la renuncia» es la que se presta una interpretación, solo conocerla o elegirla?
«En todas las constituciones, se ha permitido la renuncia del presidente, en algunos casos votando y otros sin votos», dijo Villabos.
«Antes de la carta de 49, la Constitución fundó la renuncia del presidente bajo votación y el Congreso continuó aprobándola o expresandola. En 1949, el borrador cambió y eso solo se sabe», agregó.
Villabos recordó el caso de Kevin Casas y Laura Chinchilla, quienes, como vicepresidentes, abandonaron su posición y se reunieron solo en el Parlamento para trasladarlo a las elecciones de la Corte Suprema.
«La terminación de los miembros de las elecciones senior, incluido el presidente, solo se conoce, leída, tiene en cuenta TSE sin tener que votar», confirmó su puesto.
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José Miguel Villabos, abogado de Chaves. (Captura de pantalla)
Oblicuo
De TSE, permanecen en la esperanza y no tienen una declaración a este respecto, ya que no hay antecedentes recientes, la renuncia del Presidente de la República.
Andrei Cambbonero, abogado electoral y jefe de la oficina de la oficina presidencial, dijo solo lo que sucedió con los vicepresidentes de Casas y Chinchilla, que se reunieron y se mudaron para cancelar la identificación; Así como el último caso de Jorge Dengo, quien renunció como sustituto.
«El tribunal no ha declarado; lo que tienen es una historia que no es de la oficina presidencial de la República, sino alternas y vicepresidente». El tribunal había asumido que el Parlamento lo sabía y, por lo tanto, permaneció durante unos minutos «, dijo el funcionario.
Si Chaves se rinde que es un candidato para un sustituto y llegar al presidente de la sesión legislativa, dijo esto varias veces.
¿Qué sucede si la decisión parlamentaria es votar y tener lugar después del 31 de julio, la fecha límite para la ley electoral?
«El Tribunal sabía que la renuncia con la cancelación de las credenciales, pero con el cumplimiento del reclamo de solicitud, la fecha límite no se ha abierto, se abre hasta el 1 de octubre y en ese momento el caso llegaría a ver», dijo Cambonero.
¿Podría perder el suministro al CEO adjunto?
«No puedo decir eso porque fue una vista previa de los criterios; ese caso se ve al evaluar la lista de la oferta», dijo TSE Lawyer.